
Por Edwin García
En una oportunidad anterior anotamos dos elementos básicos para una nueva
Constitución: 1. Superación del modelo neoliberal, con la necesaria democratización de la sociedad colombiana, para lo cual se requiere promover la participación ciudadana como principio rector de un nuevo sistema político constitucional. 2. Nuevo diseño institucional para la paz, orientado a la reconciliación y a desmontar la inequitativa relación centro – periferia, causante de las conflictividades que persisten en muchos territorios. Una nueva Constitución debe promulgar el espíritu del Acuerdo de Paz del Teatro Colón como concepción de estado.
A estos dos elementos podemos añadir otros más. Aquí algunos:
Planificación territorial que recoja lo planteado por el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, en cuanto a ordenar el territorio alrededor del agua, teniendo en cuenta, además, las identidades geográficas y culturales, así como los impactos del conflicto armado (territorios PDET, ZOMAC, etc.). Esta nueva planificación debe ser definida con las comunidades que habitan los territorios, porque son estas las que mas conocen sus potencialidades y, precisamente, a partir de esas potencialidades debe proyectarse el desarrollo regional y nacional en una dinámica centrífuga y no centrípeta como hasta ahora: expandir las potencialidades territoriales hacia el exterior, dejar de vernos el ombligo para volver nuestra vista al mundo.
Lo anterior implica un rediseño de la división político-administrativa actual, la cual ha sido tan caprichosa como funcional a los intereses gamonalitas, y ha obstaculizado la planeación estratégica de los territorios, encontrándose cada tanto con límites municipales y departamentales que impiden una mirada integral y amplia del entorno.
Defensa ambiental y acción climática elevada a la categoría de valor constitucional que atraviese transversalmente la función estatal y la dinámica de desarrollo desde las regiones. La Constitución de 1991 no contempla cabalmente este aspecto, lo cual constituye un vacío que llama la atención con urgencia. Esta defensa y acción deben incorporar como principio constitucional y política de estado la superación de la economía extractivista, poniendo de presente la necesidad de proyectar la industria con base en el uso de energías limpias. La dinámica económica debe armonizarse con esta concepción ambientalista.
Nueva política económica respondiendo a la superación del neoliberalismo, a una nueva planificación del territorio, a la defensa ambiental y acción climática. Además, incorporando la nueva lógica que suscita la reforma laboral aprobada recientemente, cuyo objetivo estratégico no solo debe dirigirse a la garantía de derechos: esta nueva concepción del trabajo basada en la dignidad humana debe traer consigo una forma económica que propugne por la asociatividad y la industrialización, para lo cual debe desarrollarse una mano de obra calificada, formada en la ciencia y la tecnología.
Nueva concepción de seguridad y defensa fundamentada en la garantía de derechos, es decir, entendiendo que la seguridad empieza por garantizar el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a una vida digna, con condiciones materiales y espirituales decorosas. Este debe ser el punto de partida de la política de seguridad y no la represión, por lo cual, una nueva constitución debe establecer como valor fundante de la seguridad ciudadana su dependencia con la materialización de derechos como la vivienda digna, el acceso a servicios públicos, el trabajo, la salud, la educación, la recreación, el derecho al espacio público, etc.
Además, la fuerza pública debe superar la influencia de la doctrina de seguridad nacional y la concepción del enemigo interno. Su esencia debe ser el respeto a los DDHH, la concertación y el diálogo con las comunidades, su profesionalización, formación técnica y científica, así como ética y moral.
Nuevas formas electorales y políticas que incorporen constitucionalmente los ajustes que requiere una práctica democrática-electoral transparente y confiable. Definiciones sobre la aplicación de la financiación estatal exclusiva de las campañas y el voto obligatorio, deben abordarse e incorporarse al ordenamiento constitucional. Asimismo, se hace necesario que constitucionalmente se reconozca la importancia de los movimientos sociales y se promueva su participación política como válvula de oxigenación democrática. Esta consideración ratifica la necesidad de la democratización de la sociedad y me hace pensar en un cuarto poder público para la participación ciudadana o, en su defecto, un ministerio de la participación.
Cambios en la justicia que contemplen mejoras en la administración y organización del aparato jurisdiccional, así como su depuración y aplicación de los valores necesarios para generar confianza de la ciudadanía en sus tribunales y cortes. Desde las facultades de derecho debe abordarse y desarrollarse el debate sobre un nuevo tipo de derecho que está naciendo en medio de la movilización social y la transformación política, que anteponga los intereses mayoritarios y democráticos y privilegie el fondo sobre la forma. El derecho debe dejar de ser un fin en sí mismo e instrumento coercitivo y limitante, para convertirse en un medio de la democracia para mejorar las condiciones de vida y avanzar en justicia social.
Finalmente, insisto en que no es viable ni responsable llevar a cabo más reformas a la Constitución del 91, porque esta no puede seguir siendo una colcha de retazos, un compilado de enmiendas inconexas y desarticuladas. Es necesario darnos un nuevo sistema constitucional que cumpla los principios de integralidad, armonía, unidad de materia y eficacia.
Muchos otros elementos necesarios para una nueva constitución podrán ser sugeridos por quienes se atreven a pensar creadoramente y a superar el dogma de la “democracia” liberal u occidental, por lo pronto yo dejaré aquí para no fatigar al estimado lector.
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