
Por Edwin Manuel García Maldonado
La última versión conocida del proyecto de la ley mediante la cual se pretende convocar una asamblea constituyente (AC) amplía y complementa en varios aspectos la anterior propuesta presentada por el exministro Montealegre. Mejora la justificación del tema e incluye elementos que antes no se mencionaban, con lo que se va esclareciendo el horizonte de este asunto.
El proyecto pretende intervenir en aspectos como: el bloqueo institucional; colapso climático; cumplimiento del Acuerdo de Paz de 2016; fortalecimiento de los DESC (salud, vivienda, educación, cultura); ajustes al modelo económico; aplicación de una reforma agraria; autonomía territorial indígena; reordenamiento territorial; reforma a la justicia; reforma política; atención al fenómeno de las drogas y el narcotráfico.
El documento reconoce que la Constitución de 1991 no logró cambiar las estructuras de poder tradicionales, lo que impidió la materialización de las promesas anunciadas. Además, por primera vez incluye el debate sobre el modelo económico, lo cual es muy importante porque en esto encontramos también las causas del incumplimiento constitucional. En todo caso, podemos considerar que es una propuesta en construcción, por lo cual es susceptible de mejoras en su forma y en su fondo.
En cuanto al tema que más nos interesa, es decir, el (re)ordenamiento territorial, tenemos que la propuesta efectivamente lo contempla como un asunto a tratar en la AC, lo cual es una avance respecto a la propuesta del exministro Montealegre. Sin embargo, se queda corta en la proyección de la posible solución ya que parece centrarla en la posibilidad de creación de nuevos departamentos y resolver conflictos limítrofes internos, además del consabido fortalecimiento de la presencia estatal en los territorios.
La necesidad de presencia estatal constituye una verdad de Perogrullo, un lugar común en el que coincidimos con muchos sectores políticos. El problema de la organización del territorio no pasa por crear nuevos departamentos, esto es una interpretación muy básica del asunto.
Sostener el esquema departamental implica reeditar el error de 1991, porque de esta forma se mantienen intactas las estructuras de poder que aplican el bloqueo constitucional*. Por eso este esquema representa una atadura incluso para la idea de regiones como entes territoriales (RET) tal como está contemplada en los artículos 306 y 307 de la Carta Política.
* El documento que analizamos habla de “bloqueo institucional”, que es la terminología tradicional que se usa para describir la obstaculización del ejercicio de una rama del poder por parte de otra. Por ejemplo, en Colombia se viene hablando de bloqueo institucional del Congreso para frenar las reformas del Gobierno del Cambio. Sin embargo, considero mas atinado referirnos a “bloqueo constitucional” porque este concepto se ajusta más a la complejidad del fenómeno, toda vez que en nuestro país las estructuras de poder tradicionales (preservadas en 1991) impiden la materialización de los postulados constitucionales. Sobre este particular podemos referirnos después.
Se requiere una nueva concepción de la organización territorial que no sea caprichosa ni funcional a los poderes establecidos como la actual, sino que se piense con fundamento en las identidades culturales y geográficas, y niveles reales de autonomía que desarrollen efectivamente el principio consagrado en el artículo 1 de la Constitución, por lo cual se debe abolir el esquema departamental y pasar a la lógica regional del ordenamiento territorial que engrane estratégicamente tres componentes: municipio – región – nación. A partir de este engranaje se debe proyectar la integración latinoamericana y Caribe en una dinámica centrífuga del desarrollo territorial.
Esta concepción del ordenamiento territorial tendrá posibilidad de éxito si se yuxtapone a una práctica democrática verdadera. Las comunidades deben participar de manera directa en las decisiones sobre su territorio, su planificación y proyección. El edificio institucional debe construirse para cumplir con estos propósitos estratégicos de modo que el Estado se erija desde lo territorial-regional hacia lo nacional, y no viceversa.
Estas breves reflexiones nos muestran que el debate sobre el ordenamiento territorial en Colombia sigue servido a la espera de planteamientos audaces y serios que nos permitan darle un trato a partir de nuestra historia y realidades.
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